A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Claimant Mariela Alvarez Tahina Y Otros·Respondent Instituto Departamental De Salud
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia según Decreto 2591/91 artículo 7
- Deben ser razonadas, sopesadas y proporcionadas a la situación planteada
- Facultad de adoptar de oficio medidas provisionales
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Tras advertir la situación en la que se encuentra la accionante del expediente T-9209043, la Sala Cuarta de Revisión estudió la posibilidad de intervenir, de oficio y de forma transitorio, a través de una medida provisional para precaver el riesgo de deterioro de su salud.
Con base en lo anterior, ordenó que a la tutelante se le brinde de inmediato un diagnóstico médico integral y el tratamiento médico necesario que requiera para el manejo del cáncer estadio IIIB que presenta.
Se dispone que esta medida provisional dure hasta que se adopte una decisión de fondo, en relación de mantener o no la orden impartida.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. ORDENAR al Instituto Departamental de Salud de Norte de Santander y a la E.S.E Hospital Universitario Erasmo Meoz BRINDAR, de inmediato un diagnóstico médico integral y el tratamiento médico necesario para evitar un deterioro en la salud de la María Cenobia Ramírez (T-9.209.043), y que permita atender, de manera integral, el cáncer de mama que padece. Esta medida permanecerá vigente hasta el momento en el cual la Sala Cuarta de Revisión de la Corte Constitucional adopte una decisión definitiva en el caso concreto.
- SEGUNDO. Por Secretaría General, INFORMAR de esta decisión al Instituto Departamental de Salud de Norte de Santander, a la E.S.E Hospital Universitario Erasmo Meoz y a la accionante del expediente T-9.203.078, a través de correo electrónico y a las direcciones físicas que figuran en el expediente.
- TERCERO. ADVERTIR que contra esta providencia no procede recurso alguno.
- CUARTO. INFORMAR que las comunicaciones virtuales que se den con ocasión de este trámite se reciben en los correos electrónicos: JavierMarinG@corteconstitucional.gov.co y secretaria1@corteconstitucional.gov.co .
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.